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13 comentarios

  1. Pedro Manrrique dice:

    Todos a la fiesta de Sta. Teresita, 3 dias de diversion

    Pedro

  2. Marina Alonso dice:

    Hola quiero felicitarles por la página, veraneo todos los años con la flia. en Mar De Ajó y siento al lugar como parte de mi vida, saludos a los amigos y nos vemos en enero, besos

    Chiqui

  3. Mónica dice:

    En temporada los cajeros automáticos eran abastecidos a diario y en el caso de los citos frente al Casino, reparados y cargados más de una vez al dia. El viernes uno no funcionaba y el otro no tenía dinero, hoy ninguno de los dos funcionaban, respecto a los del Banco Provincia, uno no permitía hacer transacciones de ningún tipo. Los residentes también tenemos derechos. Gracias

  4. Mónica dice:

    Un bache arreglado!!! el de Quinteros y Ramos Mejía. Gracias.

  5. Pedro Manrrique dice:

    Hola, esta muy bien el tema de la UBA en la costa pero los horarios son de terror, sobre todo para la gente con trabajo, se podria hacer algo, ayer por ejemplo fuimos al al dope ademas de mojarnos a lo loco no habia clase, hay que organizar el tema, mas alla del tema clima mas respeto por la gente que hacemos con gamas queremos estudiar y mejorar la calidad de vida.

    Pedro

  6. Ricardo dice:

    Muchas felicidades a todos los trabajadores en su día de parte de los que hacemos YA MDA, felicidades!!!

  7. Eduardo dice:

    Como asiduo visitante de la Costa Bonaerense durante casi 50 años,es para mí, un compromiso de carácter moral apoyar toda iniciativa positiva;verdaderamente progresista y superadora;pero también marcar y denunciar toda acción u “omisión de acción” que perjudique a sus habitantes permanentes y a nosotros los habitantes temporales,o al habitat natural. Lamentablemente encontramos un Déficit Generalizado en cuanto a OBRAS y SERVICIOS PÚBLICOS,que a esta altura del desarrollo y los requerimientos de la Población y el Turismo bonaerense,son sinceramente BOCHORNOSOS,INDIGNANTES e INJUSTIFICABLES;y que lamentablemente también son “proporcionales” al injustificable enriquecimiento de su “Clase Política, Judicial y Policial”;salvo contadísimas excepciones.

  8. APADESHI dice:

    En búsqueda de una correcta Denuncia Penal por Ley 24270, de impedimento de contacto con los hijos
    Campaña de APADESHI en prevención a los conflictos familiares

    El respeto a los vínculos, garantiza el Derecho a la identidad de los hijos

    Puede realizarse la denuncia sin representación de Abogado, lo que exige un seguimiento continuo personal, en Físcalia y Juzgado
    Es recomendable hacerla con Patrocinio Letrado para impulsar la causa
    Es importante tener un Régimen de visitas homologado Judicialmente, donde este especificado día, hora y lugar (Incluido el regreso). Los Regímenes amplios de visitas , sin especificación horaria , dificulta la generación de prueba de impedimento de contacto
    La denuncia se realiza en la Comisaría ó en Juzgado ó Físcalia de la Jurisdicción en donde se cometió el presunto delito
    Es de aplicación en todo el Territorio Nacional

    Como aportar pruebas

    Mandar carta documento al Progenitor Obstructor, intimando al cese del impedimento de contacto , haciendo mención al nombre del ó los hijos

    En caso de estar Homologado Judicialmente un Régimen de visitas con
    Horarios determinados:
    Reiterar Día, Hora, Lugar y Horario de regreso , según convenio ó resolución
    En caso de tener Homologado Judicialmente un Régimen Amplio de visitas,
    sin Horarios determinados: Fijar Día. Hora y Lugar , con horario de regreso,
    en concepto de Régimen de visitas vigente
    En caso de no tener Régimen de visitas Homologado Judicialmente:
    Fijar Día, Hora y lugar , con horario de regreso , en concepto de Derecho de visitas
    y comunicación . El envió de Carta Documento fija unilateralmente el Derecho de
    vinculo, lo que en caso de no permitir el contacto con los hijos genera una prueba
    de impedimento de contacto, que se agregara a las existente y a las futuras.

    Las Cartas Documentos que se envían no necesitan respuestas, se debe ir directamente a tratar de cumplir el vinculo expuesto ó la generación de la prueba de impedimento de contacto con los Hijos. En caso de persistir el impedimento u obstrucción, es conveniente reiterarlas como elemento de prueba de la negación de contacto

    Testigos
    Ir siempre acompañado de Testigos, no Padres, no Hermanos, que sean mayores de edad. Las denuncias sin testigos, carecen de sustento. No deben intervenir, ni intentar ser mediadores. En caso de producirse algún tipo de agresión deben llamar a la Policía, nunca inmiscuirse personalmente, evitando discutir y/ó responder a las amenazas y /ó agresiones

    Cuando existe una Denuncia realizada por la Ley 24270, y prosigue el impedimento de contacto con los hijos:
    Con acopio de pruebas , se presenta en la misma causa como Hecho nuevo.
    Intervención de Abogado y presentación como Querellante (Sin Abogado la Fiscalía puede aceptar presentaciones ó requerir que se presente con representación Letrada)

    Si la denuncia fue archivada , ó desestimada , y ocurriera nuevo impedimento de contacto:
    Se reitera la presentación por Ley Penal 24270
    Siempre con pruebas nuevas
    Se continua agregando hechos (Carta documento, Testigos, filmaciones , grabaciones)

    Los Juzgados intervinientes citan a una Audiencia:
    Cuya estructura claramente es de intento de conciliación , que a los efectos de retomar el vinculo con los hijos es valorable , no así el dejar sin sancionar el ilícito cometido, pues es usual la reiteración del impedimento de contacto.

    En Juzgado de Familia:
    – Denunciar el incumplimiento del Régimen de visitas Homologado
    Presentar copias de las pruebas aportadas en la denuncia Penal de impedimento
    Solicitar sanciones económicas (Astreintes) por cada nuevo incumplimiento de visitas
    Solicitar apercibimiento de cambio de Guarda.

    En caso que se mantengan los impedimentos, reiterar los pedidos de sanciones cuantas veces sean necesarios y si son otorgados por el Juzgado, solicitar que se hagan efectivo en caso de ser sancionado el infractor

    Así mismo se debe solicitar al Juzgado de Familia:

    -Ordene al Progenitor obstructor el cumplimiento del Régimen y si esta persona continuara en rebeldía al cumplimiento, instar por Desobediencia.

    Si no hay un incidente de Régimen de visitas:
    Iniciarlo para obtener el derecho de visitas homologado judicialmente y poder dar un seguimiento de los acontecimientos que se presenten
    Solicitar Pericias Psicológicas y evaluar la posibilidad de incorporar un Perito psicólogo de Parte.

    La Denuncia Penal por Ley 24270, en caso de existir una medida de Restricción de acercamiento hacia los hijos, no corresponde. Si existe una Restricción de acercamiento con respecto al Progenitor conviviente , y no hacia los hijos, se debe presentar el pedido de habilitación de un tercero para que realice el retiro y regreso del menor menores, y de esta forma no infringir la orden de restricción y cumplimentarse el vinculo. Dicho pedido lo puede realizar en la causa penal o en el incidente de Familia (Se aconseja que sea un Familiar cercano)

    Texto de la Ley Penal 24270 : http://www.apadeshi.org.ar/ley24270.htm
    Ley Penal 24.270 – Impedimento de contacto de los Hijos menores con sus Padres no convivientes
    El Proyecto que dio origen a la Ley Penal 24.270, fue presentado por APADESHI en el Congreso de la Nación Argentina . Sanción Penal Al Padre o tercero que obstruyere el vinculo con los los hijos
    Art. 1º Será reprimido con prisión de un mes a un año el Padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus Padres no convivientes.
    Si se tratare de un menor de diez años o de un Discapacitado, la pena será de seis meses a tres años de prisión.
    Art. 2º En las mismas penas incurrirá el Padre o tercero que para impedir el contacto del menor con el Padre no conviviente, lo mudare de domicilio sin autorización judicial.
    Si con la misma finalidad lo mudare al extranjero, sin la autorización Judicial o excediendo los limites de esta autorización, las penas de prisión se elevarán al doble del mínimo y a la mitad del máximo.
    Art. 3º El Tribunal deberá:
    1.- Disponer en un plazo no mayor de diez días, los medios necesarios para restablecer el contacto del menor con sus Padres.
    2.- Determinará, de ser procedente, un régimen de visitas provisorio por un término no superior a tres meses o de existir, hará cumplir el establecido. En todo los casos el Tribunal deberá remitir los antecedentes a la Justicia civil.
    Art. 4º Incorporase como inciso 3º del artículo 72 del Código Penal el siguiente:” Impedimento de Contacto de los Hijos Menores con sus Padres No Convivientes.”
    Art. 5 º Esta Ley se tendrá como complementaria del Código Penal.16 – 09 – 93 Aprobada en Comisiones de Diputados.13 – 10 – 93 Media sanción Cámara de Diputados 03 – 11 – 93 Sancionada por la Cámara de Senadores.25 – 11 – 93 Promulgada por el Poder Ejecutivo.26 – 11 – 93 Publicada en el Boletín Oficial.

    Dante Alfredo Miceli José María Bouza
    Secretario de APADESHI Presidente de APADESHI
    APADESHI Asociación de Padres Alejados de sus Hijos – Argentina
    “Papás, Mamás, Abuelas /os, Tías, os, Nuevas parejas e hijos recuperados, en defensa del vinculo con ambos Progenitores”
    http://www.apadeshi.org.ar info@apadeshi.org.ar (054) (011) 49417404 7305

  9. Pamela dice:

    Hay un montón de obras, plazas, polideportivos, bajadas en las playas… pero hay un problema, todo eso es inutilizable cuando llueve, no se pueden cruzar las calles, todo se inunda en Mar de Ajó y después de algunas obras nuevas, empeoro considerablemente el caudal de agua que no desagota y se queda en la ciudad. Un peligro y un desastre como se inunda la localidad con pocos minutos de lluvia. A ver cual de los candidatos propone algo en vez de llamar para ofrecer las boletas en vez de ofrecer propuestas! UNA VERGUENZA!

  10. mariana dice:

    Mar de ajo me encanto pero me gustaria que hagan mas por los animales abandonados, no los vecinos que si se ocupan algunos de alimentar a los perros de la calle, sino el municipio, hay lastimados, muertos de hambre y carentes de afecto por muchas malas personas que los abandonan y otros que hacen vista gorda a todos estos indefensos animales, necesitan ayuda,¿por que no hacer una campaña de adopcion o algo asi?, yo desde capital quiero ayudar pero en internet no figura ni un refugio por alla, ni campaña que los ayude realmente, no deben morir, tienen derecho a ser feliz en un hogar, ellos no les hacen mal a nadie. Si hay alguien del lugar que lee esto,y se le ocurre organizar alguna fundacion para ayudarlos con afecto y comida yo estare dispuesta con muchos mas a ayudar. Gracias

  11. cristian dice:

    hola soy de mar de ajo quisiera saver si cuando abra una reunion para desidir cuando vamos a ir al viaje bueno espero su contestacion pronto

  12. jennifer gutierrez dice:

    Señor Juan Pablo De Jesus:
    Me dirijo a Ust. Para contarle las necesidades que estamos pasando. Soy una alumna de la “ EES n¨ 8” De Mar De Ajo Norte, contamos con menos de 180 alumnos en el establecimiento, turno mañana y tarde.En nuestra escuela hace un mes ,aproximadamente, se formo la cooperadora, para abastecer las necesidades que estamos atravesando. El directivo, junto con padres y un grupo de alumnos estamos organizando un evento para recaudar fondos; pero el problema que tenemos es que estamos “solos” no contamos con ningún tipo de apoyo. Le agradecería poder contar con algúna respuesta de su parte y lo invito al establecimiento para recorrerlo y vea nuestras necesidades.
    Desde ya muchas gracias..
    ATTE. Gutierrez Jennifer 5to. Año “A” EES n. 8

  13. Todos los sabdos desde las 11Hs salimos aCaminar desde el M onumento hasta el Centro de Jubilados Grupo Amistad en el mafrco del programa de TVCr5 “Cinco Caminos” para los adultos mayores. En la ultima semana de septiembre lo haremos desde La Casa del Abuelo en Sanber. Todos estan invitados para compartir con los abuelos sus soledades y dinamismo.. Muy buena la info chicos adelante!!!!

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